Lo esencial
¿Qué ocurrió con Níger y por qué importa la expresión “tomar nota”?
265 recomendaciones
El Estado presentó su posición sobre las recomendaciones recibidas durante el Examen Periódico Universal de 2026.
254 recibieron apoyo
Las restantes no recibieron el respaldo del Estado y quedaron registradas dentro del resultado del examen.
Seis se referían a derechos LGBTI+
Incluían despenalización de relaciones consentidas entre adultos y protección frente a la discriminación.
“Tomar nota” no borra la obligación internacional
La posición frente a una recomendación del EPU no modifica, por sí misma, las obligaciones derivadas de tratados ratificados.
“Tomar nota no es lo mismo que cumplir. Y la sociedad civil también sabe tomar nota.”
Índice de lectura
El 1 de septiembre de 2026, el Gobierno militar de Níger presentó ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas su posición final sobre las recomendaciones recibidas en su Examen Periódico Universal (EPU). De 265 recomendaciones formuladas por 97 Estados, apoyó 254. Las 11 restantes no recibieron su apoyo. Seis de ellas, más de la mitad, se referían a los derechos de lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersex.
Los titulares pueden resumir el episodio diciendo que Níger “rechazó” la despenalización. Es una lectura comprensible en lenguaje periodístico, pero técnicamente imprecisa dentro del procedimiento del EPU. Y precisamente en esa diferencia terminológica se encuentra una de las claves para entender qué puede —y qué no puede— hacer el sistema internacional de derechos humanos cuando un Estado decide no apoyar determinadas recomendaciones.
01 · El caso
Los hechos: seis recomendaciones sobre orientación sexual e identidad de género
Durante el diálogo interactivo del 4 de mayo de 2026, Níger recibió seis recomendaciones directamente relacionadas con orientación sexual, identidad y expresión de género, características sexuales, no discriminación y despenalización de las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo.
| Recomendación | Estado recomendante | Contenido |
|---|---|---|
| 135.55 | Montenegro | Legislación antidiscriminatoria integral que incluya orientación sexual. |
| 135.56 | Islandia | Ley que prohíba la discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género y características sexuales. |
| 135.262 | México | Derogar las normas que criminalizan relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo y adoptar una ley antidiscriminación. |
| 135.263 | España | Derogar el artículo 25 de la Carta de la Refundación, que criminaliza esas relaciones, y proteger a las personas LGBTI+. |
| 135.264 | Colombia | Prohibir la discriminación por orientación sexual e identidad de género. |
| 135.265 | Francia | Proteger a las personas LGBT+ y despenalizar la homosexualidad. |
La posición del Estado fue explicar que no apoyar estas recomendaciones “no traduce un rechazo del diálogo”, sino la necesidad de considerar las “sensibilidades culturales, sociales y religiosas” de su sociedad. Según esa argumentación, aceptarlas podría generar tensiones internas y comprometer la cohesión nacional.
El contexto importa
En marzo de 2026 la junta adoptó un nuevo código penal que, según Human Rights Watch, castiga las relaciones consentidas entre personas del mismo sexo con penas de hasta 10 años de prisión. Por ello, el debate no se refiere únicamente a la ausencia de nuevos avances, sino también a la revisión de un retroceso normativo reciente.
02 · Mecanismo internacional
Cómo funciona el Examen Periódico Universal en cuatro pasos
El Examen Periódico Universal fue creado en el marco del Consejo de Derechos Humanos y su funcionamiento quedó desarrollado, entre otros instrumentos, por la Resolución 5/1 de 2007. Mediante este mecanismo, los Estados miembros de Naciones Unidas examinan periódicamente la situación de derechos humanos de sus pares.
| Paso | Qué ocurre | Caso Níger |
|---|---|---|
| 1. Examen | El Estado presenta información y otros Estados formulan recomendaciones durante el diálogo interactivo. | 4 de mayo de 2026 |
| 2. Informe del Grupo de Trabajo | Se compilan las recomendaciones formuladas durante el examen. | Informe A/HRC/63/5 |
| 3. Posición del Estado | El Estado indica cuáles recomendaciones apoya y de cuáles toma nota. | 1 de septiembre de 2026 |
| 4. Adopción y seguimiento | El Consejo adopta el resultado y el seguimiento continúa hacia el siguiente ciclo. | 63.ª sesión del Consejo de Derechos Humanos, 7 de septiembre–7 de octubre de 2026; Níger asumió además un compromiso voluntario de informe de mitad de período. |
Clave de lectura
El EPU funciona como un mecanismo de revisión entre pares, presión diplomática, documentación y seguimiento. No es un tribunal internacional que dicte sentencias directamente ejecutables contra el Estado examinado.
03 · Precisión jurídica
“Rechazar” no es la categoría técnica del EPU
El párrafo 32 del anexo de la Resolución 5/1 establece que las recomendaciones que cuentan con el apoyo del Estado examinado se identifican como tales. Las demás recomendaciones, junto con los comentarios formulados por el Estado, quedan “tomadas en nota” e igualmente forman parte del informe de resultados.
¿Por qué importa esta diferencia?
Porque una recomendación “notada” no desaparece del expediente internacional
1 · No crea por sí sola una obligación convencional nueva
Una recomendación del EPU no equivale a una sentencia judicial ni sustituye las obligaciones convencionales existentes.
2 · Permanece en el registro
Puede ser retomada en el seguimiento, por Estados, sociedad civil, órganos internacionales y futuros ciclos del examen.
3 · Los tratados siguen vigentes
La posición adoptada dentro del EPU no modifica automáticamente las obligaciones internacionales previamente asumidas.
Esta distinción no es meramente semántica. El sistema conserva las recomendaciones que no recibieron apoyo, mantiene los comentarios del Estado y permite que esas cuestiones reaparezcan en posteriores mecanismos de seguimiento.
Resulta además revelador que los propios documentos estatales puedan emplear, en su argumentación política o explicativa, palabras como “rechazo”, aun cuando el marco procedimental del EPU clasifique formalmente las posiciones como recomendaciones apoyadas o tomadas en nota. El lenguaje diplomático y el lenguaje político no siempre coinciden.
04 · Derecho internacional
El argumento cultural frente a las obligaciones que Níger ya asumió
En su respuesta, Níger señala que continúa siendo parte de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Esa afirmación resulta central para el análisis jurídico, porque una cosa es la posición política de un Estado frente a una recomendación del EPU y otra, distinta, el alcance de obligaciones internacionales ya contraídas.
En Toonen c. Australia (1994), el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas concluyó que la criminalización de relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo resultaba incompatible con garantías del PIDCP relacionadas con privacidad y no discriminación.
En el sistema africano, la Resolución 275 de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, adoptada en 2014, condenó actos de violencia y otras violaciones de derechos humanos dirigidos contra personas por su orientación sexual o identidad de género real o percibida.
Distinción esencial
Un Estado puede tomar nota de una recomendación del EPU. Esa decisión procedimental no equivale a suspender o dejar sin efecto un tratado internacional que ya ratificó.
En términos jurídicos, la invocación de sensibilidades culturales, sociales o religiosas debe analizarse dentro de los límites de las obligaciones convencionales aplicables. La diversidad cultural es un elemento relevante del contexto social, pero no funciona automáticamente como una excepción general frente a todos los compromisos internacionales de derechos humanos.
05 · Psicología jurídica y forense
Lo que la criminalización produce más allá del expediente jurídico
Como psicóloga con formación en psicología jurídica y forense, considero indispensable incorporar una dimensión que con frecuencia queda fuera del análisis diplomático: las leyes penales no solo regulan o sancionan conductas. También comunican significados sociales, condicionan comportamientos, alteran la relación entre ciudadanos e instituciones y pueden modificar la percepción de seguridad de las personas afectadas.
El modelo de estrés de minorías desarrollado por Meyer (2003) describe cómo el estigma estructural, la expectativa de rechazo, la discriminación y la necesidad de ocultamiento pueden generar cargas adicionales de estrés en personas pertenecientes a minorías sexuales.
| Efecto | Mecanismo | Implicación jurídica o institucional |
|---|---|---|
| Ocultamiento forzado | La exposición de la orientación sexual puede percibirse como fuente de riesgo penal o social. | Puede reducir la disposición a denunciar hechos de violencia o extorsión. |
| Subregistro de violencia | Las víctimas pueden evitar el contacto con autoridades. | Menor disponibilidad de registros oficiales sobre agresiones y discriminación. |
| Barreras de acceso a salud | Temor a ser identificadas, estigmatizadas o denunciadas. | Puede afectar prevención, atención sanitaria y salud mental. |
| Legitimación del estigma social | La existencia de una prohibición penal puede reforzar mensajes sociales de exclusión. | Puede incrementar vulnerabilidad frente a agresiones, chantaje y extorsión por terceros. |
Lectura psicojurídica
La existencia de una norma penal puede modificar la conducta incluso cuando no exista una condena
El temor anticipado a exposición, denuncia, discriminación o sanción puede alterar decisiones sobre salud, relaciones interpersonales, acceso a justicia y participación comunitaria. Por ello, el impacto de una norma debe analizarse también por los comportamientos que inhibe y por las relaciones institucionales que deteriora.
06 · Incidencia
Qué puede hacer la sociedad civil con una recomendación “tomada en nota”
Que una recomendación no haya recibido el apoyo del Estado examinado no significa que desaparezca del debate internacional. Lo que cambia es la estrategia de seguimiento.
1. Documentar para el próximo ciclo
Las organizaciones de sociedad civil pueden aportar información en futuros exámenes. Las recomendaciones no apoyadas constituyen antecedentes concretos para evaluar continuidad, retrocesos o falta de implementación.
2. Utilizar el informe de mitad de período
El compromiso voluntario de presentar información intermedia abre una ventana para que organizaciones produzcan informes alternativos y documenten la evolución del contexto.
3. Conectar con órganos de tratados
El Comité de Derechos Humanos puede examinar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del PIDCP dentro de sus propios procedimientos.
4. Utilizar procedimientos especiales
Los mandatos especializados de Naciones Unidas pueden recibir información sobre patrones, casos y preocupaciones dentro del alcance de sus competencias.
5. Mantener el diálogo con los Estados recomendantes
México, España, Colombia, Francia, Islandia y Montenegro dejaron constancia diplomática de posiciones específicas que pueden servir como punto de partida para acciones de seguimiento.
6. Proteger a quienes documentan
La seguridad física, digital, jurídica y psicosocial de periodistas, activistas y personas defensoras debe formar parte de cualquier estrategia de documentación.
De la documentación a la incidencia
Una recomendación no apoyada puede convertirse en una hoja de ruta de seguimiento
Permite identificar qué cuestión fue planteada, quién la formuló, cómo respondió el Estado y qué elementos deberán compararse en el siguiente examen. El valor estratégico está en transformar esa trazabilidad documental en evidencia, litigio, diálogo diplomático y política pública.
07 · Perspectiva ecuatoriana
Una lección desde Ecuador: cuando el estándar internacional encuentra actores nacionales
Ecuador despenalizó la homosexualidad en 1997 mediante una decisión del entonces Tribunal Constitucional en el caso 111-97-TC. Ese cambio no fue producto automático de una recomendación internacional: se produjo mediante litigio, organización social e incidencia desarrollada dentro del país.
Décadas después, la Sentencia 66-18-IS/24 de la Corte Constitucional del Ecuador, vinculada al procedimiento de reconocimiento registral de la identidad de género, volvió a mostrar cómo los estándares de derechos pueden adquirir efectos concretos cuando son articulados mediante estrategias jurídicas nacionales.
La experiencia permite observar una constante: los mecanismos internacionales pueden aportar estándares, documentación, presión diplomática y legitimidad. Sin embargo, las transformaciones duraderas suelen requerir actores nacionales capaces de traducir esos estándares en litigio, regulación, política pública, pedagogía social y cambio institucional.
La enseñanza
El EPU es una herramienta de presión y seguimiento. Su eficacia aumenta cuando existe sociedad civil capaz de convertir los estándares internacionales en acción nacional.
Conclusión
El límite del EPU también explica su utilidad
El caso Níger muestra con claridad uno de los límites estructurales del Examen Periódico Universal: un Estado puede recibir centenares de recomendaciones, apoyar la gran mayoría y no respaldar precisamente aquellas relacionadas con determinados grupos sometidos a discriminación o criminalización.
Pero ese límite no vuelve irrelevante al mecanismo. Cada recomendación queda registrada. Cada respuesta estatal queda por escrito. Cada justificación puede compararse con los compromisos internacionales que el propio Estado reconoce. Y cada ciclo crea un nuevo punto desde el cual medir avances, estancamientos o retrocesos.
Esa es probablemente la utilidad más importante de la expresión aparentemente diplomática “tomar nota”: convertir una negativa política de hoy en un antecedente verificable para la rendición de cuentas de mañana.
Tomar nota no es lo mismo que cumplir. Y la sociedad civil también sabe tomar nota.
FAQ · SEO
Preguntas frecuentes sobre el EPU de Níger y los derechos LGBTI+
¿Níger rechazó formalmente las recomendaciones del EPU?
En lenguaje periodístico puede hablarse de rechazo, pero el procedimiento del Examen Periódico Universal utiliza técnicamente dos posiciones principales: recomendaciones que reciben el apoyo del Estado y recomendaciones de las que el Estado toma nota.
¿Una recomendación del EPU es jurídicamente vinculante?
La recomendación del EPU no funciona como una sentencia judicial directamente ejecutable. Sin embargo, puede referirse a obligaciones que el Estado ya tiene en virtud de tratados internacionales vinculantes.
¿Qué ocurre con una recomendación de la que un Estado “toma nota”?
Permanece en el registro oficial del examen junto con los comentarios del Estado. Puede ser utilizada posteriormente para seguimiento, documentación, informes de sociedad civil y nuevos ciclos del EPU.
¿Qué recomendaciones sobre derechos LGBTI+ recibió Níger en 2026?
Incluyeron llamados a adoptar legislación antidiscriminatoria, proteger a las personas LGBTI+ y derogar normas que criminalizan las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo.
¿Puede un Estado invocar razones culturales para no cumplir un tratado?
Las circunstancias culturales pueden formar parte del contexto político y social, pero no eliminan automáticamente las obligaciones que un Estado haya asumido al ratificar instrumentos internacionales de derechos humanos.
¿Qué puede hacer la sociedad civil?
Documentar casos, presentar información en futuros ciclos, participar en mecanismos de seguimiento, utilizar órganos de tratados y procedimientos especiales y mantener estrategias de incidencia con los Estados que formularon las recomendaciones.
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Fuentes y referencias
Bibliografía
1. Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. (2014). Resolución 275 sobre la protección contra la violencia y otras violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual o identidad de género real o percibida (ACHPR/Res.275(LV)2014).
2. Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (1994). Toonen c. Australia, Comunicación n.º 488/1992 (CCPR/C/50/D/488/1992).
3. Consejo de Derechos Humanos. (2007). Resolución 5/1: Construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
4. Consejo de Derechos Humanos. (2011). Resolución 16/21: Examen de la labor y el funcionamiento del Consejo de Derechos Humanos.
5. Consejo de Derechos Humanos. (2016). Resolución 32/2: Protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.
6. Consejo de Derechos Humanos. (2026). Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal: Níger (A/HRC/63/5). Documento de Naciones Unidas.
7. Consejo de Derechos Humanos. (2026). Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal: Níger. Adición: Observaciones sobre las conclusiones y/o recomendaciones, compromisos voluntarios y respuestas del Estado examinado (A/HRC/63/5/Add.1). OHCHR.
8. Corte Constitucional del Ecuador. (2024). Sentencia 66-18-IS/24.
9. Allegrozzi, I. (2026, septiembre). Niger rejects key rights recommendations at UN review. Human Rights Watch. Human Rights Watch.
10. Meyer, I. H. (2003). Prejudice, social stress, and mental health in lesbian, gay, and bisexual populations: Conceptual issues and research evidence. Psychological Bulletin, 129(5), 674–697.
11. Principios de Yogyakarta. (2007). Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género; y Principios de Yogyakarta más 10 (2017).
12. Tribunal Constitucional del Ecuador. (1997). Caso n.º 111-97-TC.
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